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La solicitud de la Ley de Dependencia, qué es y cómo se tramita de manera fácil

    Solicitud de la Ley de DependenciaLa solicitud de la ley de dependencia es algo de imprescindible conocimiento para las muchas personas que aspiran a las ayudas vinculadas a esta legislación. La Ley de Dependencia  o LAPAD, reconoce a los ciudadanos en situación de dependencia un derecho universal y subjetivo que lleva consigo la concesión de varias prestaciones en servicios o económico, con el objetivo de ayudar y mejorar la calidad de vida de las personas dependientes, considerándose dependientes aquellas que por sí mismas no puede hacer sus actividades del día a día y por lo tanto, necesitan un apoyo.

    Y a su vez, esta ley es una forma de expresar el derecho a la capacidad de controlar, afrontar y tomar, por propia iniciativa, decisiones personales acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias así como de desarrollar las actividades básicas de la vida diaria.

    ¿Quién puede solicitar la ley de dependencia?

    La solicitud de ayudas a la dependencia puede hacerla la persona enferma, un familiar, un representante legal o, si es preciso, una administración pública.

    Eso sí, a la hora de presentar la solicitud, es fundamental rellenar un formulario y adjuntar datos personales y administrativos, además de un informe médico específico. Todos estos aspectos constituyen trámites esenciales de este proceso administrativo, pero además el informe médico correspondiente será la pieza clave para la valoración de la persona afectada y su grado de dependencia y de pérdida de autonomía por la comisión designada, ello de cara al establecimiento del grado de dependencia, lo que influirá directamente en la cuantía y naturaleza de las ayudas a recibir.

    Sin embargo, al solicitarla debes encontrarte en cualquiera de estos grupos:

    – Personas Mayores

    – Personas con algún tipo de discapacidad (física, sensorial e intelectual)

    – Personas con enfermedad mental

    – Menores de 3 años

    ¿Cómo se solicita la ley de dependencia?

    La documentación a presentar depende de la comunidad autónoma donde se encuentre, puede descargar los impresos en las páginas oficiales, o también puede contratar a un profesional para asesorarle en su trámite y facilitar el proceso. Sea como fuere, la legislación básica es la misma: pero varían os centros e instituciones en que se delega la gestión de la valoración y concesión de las ayudas, pues tales centros e instituciones son de titularidad autonómica, dato importante para conocer las variaciones que la tramitación puede conocer según la comunidad autónoma en que nos encontremos.

    Cada Comunidad Autónoma tiene sus páginas oficiales donde descargar todos los impresos e informarse de toda la documentación necesaria a presentar e incluso hay profesionales a los que se les puede contratar para que te agilicen y faciliten el proceso. El asesoramiento y gestión de ayudas a la dependencia. Así por ejemplo, determinadas empresas y profesionales especializados en la gestión de subvenciones, asesorías jurídicas con especialización en Derecho Administrativo, y empresas de ayuda a domicilio.

    Entre la documentación necesaria, se encuentra, cara a la solicitud de la Ley de Dependencia, la siguiente documentación esencial:

    – DNI del solicitante

    – Certificado de empadronamiento histórico del solicitante.

    Nada más que la documentación esté entregada en nuestro centro de servicios sociales, nos avisarán para realizar una evaluación de la situación social, sanitaria, económica del solicitante donde se someterá a evaluación el grado de dependencia del mismo.

    Grados de dependencia

    Entre los distintos grados de dependencia que puede haber nos encontramos varios tipos:

    – Grado III. Gran Dependencia.

    La persona necesita ayuda para varias de las actividades de la vida diaria unas cuantas veces al día, así como la presencia indispensable y continua de otra persona. En este grado de dependencia, es cuando es indispensable asignar un cuidador para todas las funciones cotidianas de la persona con pérdida de autonomía y en situación de dependencia.

    – Grado II. Dependencia Severa.

    La persona necesita ayuda para varias actividades básicas de la vida diaria, dos o tres veces al día. Sin embargo, no requiere la presencia permanente de una persona cuidadora.

    – Grado I. Dependencia Moderada.

    La persona necesita ayuda para distintas actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día, o necesita ayuda de manera intermitente.

    Esta evaluación, tendrá por objeto conocer el grado de dependencia para hacer esas actividades necesarias del día a día, mencionadas anteriormente.

    El siguiente paso sería, que una trabajadora social de los servicios sociales propios de tu municipio, vaya a orientarte de los servicios más adecuados correspondientes a tu nivel de dependencia, habiendo tenido en cuenta las necesidades sociales, sanitarias, económicas (realización del PIA). Cada nivel de dependencia específico da derecho a una gama más o menos amplia de servicios de dependencia, entre los que se encuentran centros de día, teleasistencia domiciliaria, etc. Además, existen varios porcentajes en los cuales la Administración Pública cofinancia tales servicios. Así por ejemplo, en Madrid como en otras Comunidades Autónomas, existen los cheques de dependencia, con los que se facilita el pago (o copago) de los servicios derivados de la solicitud de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

    Servicios de acuerdo al grado de dependencia

    Las prestaciones de servicios, dependiendo del grado de dependencia otorgado, pueden ser las siguientes:

    – Servicios de prevención de las situaciones de dependencia y de promoción a la autonomía personal.

    – Servicio de teleasistencia

    – Servicio de ayuda a domicilio.

    – Servicios de centros de día y noche.

    – Servicios de atención residencial.

    – Prestaciones económicas.

    Una vez pasado el trámite se nos otorgara en servicio solicitado en la fecha que nos indiquen.

    ¿Cómo recurrir la ley de dependencia si no estoy de acuerdo o no me lo han concedido?

    La denegación de la ley de dependencia podemos reclamarla mediante lo que se conoce como un recurso de alzada que entregaremos en un mes desde que la administración resuelve nuestro expediente y que debe ser contestado en un periodo máximo de un año. Ojo: la administración juega con el silencio administrativo en sentido negativo (el que predomina en Derecho comparado) para negarnos la reclamación y no contestar, por lo que debemos estar pendientes en ese plazo. Si seguimos estos consejos, la solicitud de la Ley de Dependencia no nos ocasionará necesariamente problema alguno.